Líneas de precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 02 Movilidad humana. Sistematización de criterios hasta mayo de 2024. |
A lo largo de la historia, las personas han migrado, ya sea en busca de mejores condiciones de vida, para poblar otros lugares del planeta o para huir y sobrevivir a amenazas causadas por el hombre o la naturaleza, entre otras razones.
A pesar de que la movilidad humana ha sido una constante, la creación del Estado-nación trajo consigo el fenómeno que hoy se conoce como migración internacional. La reorganización de la comunidad internacional como un conjunto de Estados territoriales con fronteras geográficas definidas permitió a los Estados ejercer autoridad sobre las personas que se habían establecido dentro de sus fronteras, así como respecto de aquellas que intentaban ingresar a sus territorios.
La movilidad humana es sumamente diversa, las personas migran como consecuencia de múltiples factores, como la economía, la violencia, los desastres ambientales, entre otras; algunas veces la movilidad es voluntaria y en otras el desplazamiento se impone por diferentes circunstancias que escapan de la voluntad de las personas.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha estudiado esta realidad en su jurisprudencia. Se ha pronunciado sobre el derecho de las personas migrantes a que se les respeten en todo momento las garantías al debido proceso y el acceso a la justicia, con independencia de su estatus migratorio; además, se ha referido a la obligación de los Estados de brindar asistencia consular y a su importancia para el ejercicio del derecho a la defensa de las personas que son detenidas en un país que no es el suyo.