Protocolo para juzgar con perspectiva intercultural: Personas, Pueblos y Comunidades Indígenas
La Constitución y los tratados internacionales establecen que toda persona, sin distinción, debe poder acceder a la justicia cuando considera que se le ha violado algún derecho. Sin embargo, en la práctica existen ciertos colectivos o grupos sociales que no tienen la posibilidad de ejercer ese derecho en la misma forma que el resto de la población, debido a la discriminación de la que han sido objeto históricamente.
Para hacer frente a esa situación de desventaja, la SCJN ha tomado distintas medidas. Una de ellas es la elaboración de los Protocolos de actuación para quienes imparten justicia, los cuales tienen como finalidad orientar a quienes imparten justicia sobre las particularidades, principios y estándares que deben observar cuando resuelven casos en los que se ven involucradas personas de determinados colectivos sociales, o bien, en aquellos asuntos que se refieren a hechos como la tortura y malos tratos o la implementación de proyectos de desarrollo e infraestructura.
Este Protocolo es producto de un proceso consultivo que incluyó la participación de personas experimentadas desde una diversidad de espacios, incorporando su perspectiva, experiencia y necesidades en relación con el acceso a la justicia de personas, pueblos y comunidades indígenas. Este proceso inició en 2021 y reunió a personal jurisdiccional de distintas materias, ámbitos de justicia y entidades federativas; defensorías XVII públicas; integrantes de organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la defensa de los derechos humanos de las personas indígenas; y personas indígenas.
Mediante este ejercicio se identificaron las áreas de oportunidad del Protocolo anterior, así como los temas y obstáculos a los que se enfrentan las personas juzgadoras y defensoras al momento de atender casos relacionados con personas, pueblos y comunidades indígenas.
2022-2023 20%, 2020-2021 25%, 2019-2018 30%, 2017-anteriores 35%